La ley que regula las apuestas deportivas a distancias fue aprobada por el Congreso Peruano

El pasado 15 de julio, el Congreso de la República del Perú aprobó por amplia mayoría, la propuesta de ley presentada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) que propone regular la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia que operan en territorio peruano.

Dicho dictamen, deberá ser reglamentado en un plazo inferior a los próximos 120 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la ley en el Diario Oficial.

Tras la presentación inicial de este proyecto de ley, realizada por Roberto Sánches, Ministro de Comercio Exterior. Al ingresar a la evaluación por parte de los diversos representantes considerados en el proceso, se sumaron observaciones y textos de otras iniciativas por el legislativo, para consolidar de la mejor manera esta ley.

Es por ello, que finalmente tras un arduo debate y análisis, surgieron dos dictámenes: uno de la Comisión de Economía (que se adjudicó a los Proyectos de Ley 168 y 1923) y el otro, de la comisión de Comercio Exterior y Turismo (sobre la base del proyecto de ley 2070 presentado por el Ejecutivo, al que se sumó el proyecto de ley 2206). Por consenso, el Congreso aprobó un texto sustitutorio sobre la base del proyecto de ley 2070 por el Poder Ejecutivo.

¿Por qué era requerida esta ley?

Tras una evaluación realizada por el MINCETUR, se estimó que el emergente sector de los juegos y apuestas deportivas a distancia, mueve alrededor de USD $1.000 millones, sin haber rendido cuentas de sus ingresos al erario nacional. Es por esa razón, que el ejecutivo trabajó esta propuesta de ley, que ahora aprobada se espera poder recaudar en impuestos alrededor de USD $160 millones anuales con los cuales el gobierno peruano podrá invertir en la reactivación del turismo, mejoras en el sector y más iniciativas para promover el deporte.

El ministro Sánchez expresó su conformidad con la aprobación de este consenso, ya que considera que este rubro debía ser regulado lo antes posible, pues “nadie debe generar actividad sin tributar”.

Además recalcó que con estas medidas, es posible proteger al usuario de estos sectores vulnerables, mediante controles de identidad que limiten el acceso de menores de edad a estas plataformas y la ejecución de políticas de juego responsable, que eviten el desarrollo de conductas adictivas. Y además, evitar que esta actividad sea empleada para realizar delitos informáticos, fraudes y otros ilícitos, que vulneren las páginas y pongan en riesgo a los jugadores.

¿Qué expone esta nueva ley?

El texto de ley aprobado por el Congreso de la República, declara que el MINCETUR, es la autoridad administrativa a nivel nacional que tendrá el rol de regular, autorizar, revocar, fiscalizar y sancionar la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas en línea.

Respecto a la fiscalización de las plataformas tecnológicas, esta podrá ser realizada por accesos físicos, presenciales o remotos. El texto dictamina que también, queda prohibida la participación de los menores de edad y personas ludópatas en los juegos y apuestas online, que serán identificadas a través del Registro de Personas Prohibidas a Acceder a Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas.

Medidas regulatorias e impuestos

Cabe resaltar que, a pedido del MINCETUR se tomará de forma obligatoria, todas las medidas necesarias para ejecutar los bloqueos de páginas web, direcciones IP, URL y/o aplicaciones informáticas, que realicen ofertas de juegos y apuestas deportivas virtuales de plataformas que no estén autorizadas por el MINCETUR para operar en territorio peruano.

Por lo que considerando ello, esta ley claramente también prohíbe la difusión de publicidad de plataformas de juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia que no estén previamente autorizadas.

Asimismo, respecto a la constitución de garantías a favor del estado y los impuestos que cubren el pago de multas y premios, se ha planteado un impuesto directo aplicado al ingreso neto(Net win) del 12% establecido para estar en unanimidad con la actividad de casinos, apuestas y máquinas tragamonedas presenciales.

Mientras que, al incurrir en alguna infracción administrativa o de operatividad, el MINCETUR ha establecido sanciones aplicables a dichas empresas y laboratorios de certificación autorizados que consisten en: una amonestación (con una multa de 1 a 200 UIT), cancelación de la autorización administrativa, inhabilitación hasta por diez años o permanente.

¿A partir de cuándo entra en vigencia esta ley?

Esta nueva ley estará vigente a los 60 días de la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano del decreto supremo que aprueba su reglamento. Cabe destacar que, tras la emisión del decreto supremo, el MINCETUR reglamentará la ley en un plazo que no exceda los 120 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de la ley en el Diario Oficial El Peruano.